miércoles, 12 de mayo de 2010

Dos años de Cárcel por agredir burócratas

FRENTE A FRENTE

Ahora que estamos recién estrenando gobierno en los poderes Ejecutivo y Legislativo, y tras las miles de agresiones, insultos, amenazas y acusaciones que sufrieron los funcionarios públicos de la pasada administración a viva voz, a través de publicaciones y por medio del correo electrónico, twitter, y otras vías a través de Internet, es oportuno recordar que quienes lo hacen podrían ser sentenciados hasta a dos años de cárcel.

Lo anterior por cuanto la Ley # 4573, Código Penal, indica en su artículo # 309 (así reformado por la Ley # 8224 del 12 de marzo del 2002): Amenaza a un funcionario público. Será reprimido con prisión de un mes a dos años quien amenazare a un funcionario público a causa de sus funciones, dirigiéndose a él personal o públicamente, o mediante comunicación escrita, telegráfica o telefónica o por la vía jerárquica.

De esta manera, quienes se manifiesten a través de actos violentos y/o amenazas contra funcionarios públicos, ya sea en persona o a través de la prensa o correos electrónicos, podrían pasar hasta dos años en la cárcel tres la denuncia respectiva por parte de los afectados.

Para iniciar el proceso contra los agresores, si es una agresión física basta que el agredido denuncie con su testimonio los hechos ante los tribunales de justicia donde tuvieron lugar los acontecimientos. Si se tratare de amenazas a través de medios de comunicación o correos electrónicos, el afectado presenta la denuncia ante los tribunales donde reside, aportando la impresión respectiva.

En todos los casos los tribunales reciben la denuncia, abren un expediente con los nombres de las partes y llaman a declarar a los involucrados, los que durante el proceso aportan las pruebas tanto de la acusación como del descargo, las que pueden ser tanto testimonios de los afectados como de testigos, así como prueba pericial o física, ya sea impresa, grabada o filmada, la que será considerada por el tribunal que lleve el caso para emitir criterio y dictar sentencia.

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Por cierto que resulta interesante conocer cuál sería la conformación del Poder Legislativo si no se aplicara el sistema de aplicar los subcocientes en la votación, lo que algunos desean erradicar para las próximas elecciones. La Asamblea estaría representada por diputados por San José, Alajuela, Cartago, Heredia, Guanacaste, Puntarenas y Limón, de la siguiente manera:

PLN 27: (15, 6,2,1,1,1,1), PAC, ML y PUSC cada uno 7 (uno por cada provincia), FA 1 por San José, y PUAC 1 por Cartago. Parece más justo, ¿verdad?.

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En el Blogg http://columnafrenteafrente.blogspot.com están algunas de mis publicaciones.

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